A/HRC/22/53/Add.3
como consecuencia de conflictos internos, motines o disputas entre los detenidos. Tanto en
algunos sectores del Penal de Libertad como de COMCAR, el Relator fue informado de que
las requisas violentas ocurren con cierta frecuencia y que son acompañadas de insultos y
hurtos de las pertenencias de los detenidos por parte del personal carcelario. Asimismo, el
Relator recibió inquietantes denuncias del uso, por parte de algunos funcionarios del centro
de detención de menores Colonia Berro, de picanas eléctricas, plantones y submarinos
secos, así como también de algunos incidentes de uso de violencia, principalmente sexual, y
de golpes e insultos en otros centro de detención de menores en conflicto con la ley.
24.
El Relator fue informado de algunos incidentes puntuales de violencia carcelaria
como el ocurrido en octubre de 2009 donde dos presos fueron baleados en la cárcel de Las
Rosas en Maldonado y, a pesar del pedido del fiscal, el juez no ordenó su procesamiento y
la apelación aún no ha sido resuelta. Asimismo, recibió información sobre requisas
violentas ocurridas en la Cárcel de Canelones en noviembre de 2011 donde varios detenidos
resultaron golpeados y humillados por guardias luego de un conflicto interno, así como un
caso similar en mayo de 2011 en el Penal de Libertad. Si bien las denuncias en estos casos
habrían sido presentadas, las investigaciones iniciadas, e incluso algunos policías detenidos,
los casos permanecerían aun sin una sentencia condenatoria. Más recientemente, en enero
de 2013, un interno falleció tras haber sido disparado con balas de goma a muy corta
distancia en la cárcel Las Rosas de Maldonado. También en este caso la investigación
judicial se habría iniciado sin que aún existan resultados visibles de la misma. Sin embargo,
el Comisionado Parlamentario informó que su presencia en varias requisas desde el 2010,
así como el trabajo de las autoridades del nuevo Instituto Nacional de Rehabilitación, han
ayudado a disminuir la ocurrencia de estos eventos.
25.
Según información recibida, el 26 por ciento de la población carcelaria adulta
declara haber sido alguna vez víctima de violencia por parte de los funcionarios
carcelarios.2 Sin embargo, es importante destacar que la información corresponde a tiempos
en los que la totalidad del personal penitenciario era policial y, por lo tanto, la reciente
incorporación de personal civil podría constituir una medida positiva que, acompañada del
adecuado entrenamiento, pueda ayudar a combatir el problema. De todos modos, resulta
preocupante que sólo un seis por ciento de las víctimas de violencia en los centros de
detención hayan presentado una denuncia. 3 El Relator llama al Gobierno a estudiar y
debidamente corregir las causas de este fenómeno que pudieran estar relacionadas con el
miedo a las represalias, a la falta de mecanismos de denuncia adecuados, a la falta de
información suficiente y, más generalmente, a la falta de confianza en la utilidad de
efectuar denuncias y en sus resultados.
26.
La normativa vigente es satisfactoria en reconocer el derecho de las personas
adultas privadas de libertad a iniciar denuncias de tortura o malos tratos tanto ante las
autoridades administrativas de las prisiones, como a través de los delegados de módulos, y
el juez competente. Sin embargo, la información recibida indica que estos mecanismos son
raramente utilizados y que, en ocasiones, los fiscales y jueces son reacios a llevar a cabo las
averiguaciones necesarias.4 El Relator Especial destaca la importancia de los mecanismos
externos como el Comisionado Parlamentario y la nueva Institución Nacional de Derechos
Humanos para apoyar el acceso a la justicia de estos casos, pero insiste en la obligación del
Estado Uruguayo de garantizar que todas las denuncias de tortura y malos tratos sean
adecuadamente investigadas, que las acciones judiciales necesarias sean iniciadas y los
culpables castigados, y que las víctimas de estos delitos obtengan debidas reparaciones.
2
3
4
6
SERPAJ, OSJ, Hacia una Política de Estado en Privación de Libertad: Diálogo, Recomendaciones, y
Propuestas, p. 199 (2012).
Id., p. 200.
Ver también Atlas of Torture, Informe de Evaluación: Uruguay, p. 16 (2012).
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