A/HRC/25/60/Add.2
an asylum seeker are respected in compliance with international law, in particular the
international principle of non-refoulement as expressed above.
Ecuador
(a)
AL 04/11/2013 Case No. ECU 3/2013 State Reply: 06/01/2014 Posible adopción de un
nuevo Código Penal, el cual ampliaría la penalización del aborto.
46.
El Relator Especial agradece al Gobierno de Ecuador por su respuesta, de fecha 6 de
enero del 2014, a la comunicación conjunta con otros procedimientos especiales, de fecha 4
de noviembre de 2013. En particular la comunicación expresaba preocupación por la
posible adopción de un nuevo Código Penal a estudio de la Asamblea Nacional, que
buscaría ampliar las penalizaciones del aborto y tipificar nuevos delitos, como el de
homicidio por mala práctica profesional. Asimismo se refería al actual Código Penal que
penaliza con pena privativa de libertad a la mujer y a la persona que practique el aborto
(Artículo 149). Asimismo, permite el aborto si se practica para evitar un peligro para la vida
o salud en el caso que no pueda ser evitado por otros medios, o si el embarazo es
consecuencia de una violación, siempre y cuando la mujer padezca de discapacidad mental
(Artículo 150). En este contexto, el Relator hace referencia a su reporte temático
(A/HRC/22/53), en el que concluye que la denegación de facto al acceso a servicios
autorizados de salud como el aborto pueden causar enormes y duraderos sufrimientos
físicos y emocionales, incluyendo el riesgo de muerte y discapacidad. Asimismo, reitera las
conclusiones del Comité contra la Tortura, que establecen que las restricciones en el acceso
al aborto y prohibiciones absolutas del mismo conculcan la prohibición de la tortura y los
malos tratos. El Relator Especial expresa gran preocupación por las alegaciones que
establecen que cuatro de diez mujeres sufren de violencia sexual en Ecuador y sin embargo
solamente el 0.95% tienen la posibilidad de acceder al aborto no punible. En base a
información recibida, el Relator Especial recuerda al Gobierno de Ecuador que las
violaciones al artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos también
incluyen la denegación del acceso a un aborto en condiciones seguras a las mujeres que han
quedado embarazadas a raíz de una violación. El Relator Especial exhorta al Gobierno de
Ecuador a velar por la integridad física y emocional de las mujeres, permitiendo el acceso a
servicios de salud reproductiva y sexual legalmente disponibles sin temor a sanciones
penales o represalias.
Egypt
(a)
JUA 11/01/2013 Case No. EGY 1/2013 State reply: None to date Alleged violence that
unfolded in the context of protests in Cairo on 5 and 6 December 2012, including several
killings, injuries and acts of torture and sexual harassment inflicted on demonstrators and
human rights defenders.
47.
The Special Rapporteur regrets that the Government of the Arab Republic of Egypt
has not responded to this communication, thereby failing to cooperate with the mandate
issued by the Human Rights Council. The communication referred to the alleged attacks
committed by pro-President Morsi protesters against anti-Morsi protesters and women
activists on 5 December 2012. It was reported that two groups of President Morsi
supporters were armed with electric and wooden batons, rocks, and chains. The groups
allegedly used the Presidential Palace premises to hold the sit-in protesters hostage, and
severely beat them until their release the following day. Reportedly, these attacks were not
prevented by the police until more than five hours after the incident began. The Special
Rapporteur reminds the Government of Article 12 of the Convention Against Torture
(“CAT”), which requires the competent authorities to undertake a prompt and impartial
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