E/CN.4/2001/66 page 75 339. Respecto al caso de Juan Cañas y esposa Clara (ibíd., párr. 154), el Gobierno informó de que requiere más información sobre los hechos y detalles acerca de la denuncia formulada ante la autoridad colombiana. 340. Respecto al caso de José Dolores (ibíd., párr. 155), el Gobierno respondió que la Fiscalía General solicita suministrar información más precisa sobre los hechos y autoridad ante la cual se presentó la denuncia. 341. Respecto al caso de Edilberto Jiménez (ibíd., párr. 156), el Gobierno informó de que la respuesta se espera de la Fiscalía General. 342. Respecto al caso de José Antonio Gracían y Jairo Valencia Venegas (ibíd., párr. 158), el Gobierno respondió que se ha solicitado información actualizada del estado penal de las investigaciones y cuando se reciba una respuesta se enviará al Relator Especial. 343. Respecto al caso de Antonio Tuberquia, su esposa Blanca Libia Guzmán, y Edilberto Usuga (ibíd., párr. 163), el Gobierno respondió que la Fiscalía Especializada comunicó que la investigación previa fue iniciada por la Fiscalía Regional con base en la denuncia formulada por un ciudadano de la Comisión de Justicia y Paz. Ha sido difícil lograr la comparecencia de unos declarantes a fin de poder establecer la forma en que sucedieron los hechos. 344. Respecto al caso de Ariel Tovar Baron (ibíd., párr. 164), el Gobierno respondió que se esperan informes de la Fiscalía General de la Nación, Ministerio de Defensa Nacional y Procuraduría General de la Nación. 345. Respecto al caso de Benedicto Aguilar, Gerardo Alonza, Luz Stella Criollo (ibíd., párr. 166), el Gobierno respondió que en colaboración con la Unidad Nacional de Derechos Humanos y la Fiscalía General, dispuso la práctica de pruebas y se le encomendó al Cuerpo Técnico de Investigaciones la ejecución de las pruebas, y se esperan resultados. 346. El Gobierno añadió información sobre los casos de Danilo Lozano y Giacomo Turra que no han sido mencionados en los informes del Relator Especial. Observations 347. The Special Rapporteur appreciates the responses of the Government and is pleased to have the opportunity to comment on the information supplied by the Government in the previous year (E/CN.4/2000/9/Add.1, paras. 20-55) in relation to follow-up to the recommendations contained in the report on his joint visit with the Special Rapporteur on extrajudicial, summary or arbitrary executions to Colombia (E/CN.4/1995/111). He welcomes numerous measures taken consistent with the report’s recommendations. In particular the new Military Penal Code adopted in June 1999 contains positive elements, including the exclusion from military jurisdiction of torture. He shares, however, the misgivings referred to in last year’s report of the High Commissioner for Human Rights on the Office in Colombia (E/CN.4/2000/11, paras. 137-138), especially those concerning the

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