E/CN.4/2001/66
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370. El Gobierno afirma que no hubo hechos delictivos vinculados al fallecimiento y que se
incluyeron en la investigación las entrevistas realizadas a los reclusos que compartían celda con
Juan Carlos Carrillo Martínez. El resultado de dichas entrevistas coincide en que ni los agentes
ni otros reclusos golpearon en ningún momento a Juan Carlos Carrillo Martínez.
371. Carlos Enrique Marrero González estaría detenido en la Prisión Especial de
Máxima Severidad, conocida como Kilo 8, en la provincia de Camagüey. Habría sido víctima
de abusos físicos por parte de un agente del Gobierno el 24 de octubre de 1998, a raíz del cual
habría sufrido fractura en tres partes de su cabeza, traumatismo de médula espinal y fractura de
coxis. Desde entonces estaría en cama sin poder caminar y pese a sus pedidos a las autoridades
gubernamentales, no contaría con asistencia médica.
372.
Además, el Relator Especial transmitió los dos siguientes casos.
373. Ileana González Rodríguez habría sido arrestada el 25 de diciembre de 1999 por un
agente de policía, y posteriormente habría sido conducida en un jeep a la unidad policial de
El Capri en Arroyo Naranjo. Durante las 18 horas que habría estado detenida habría sufrido
agresiones verbales y físicas. Habría sido llevada al calabozo sin ningún documento por unos
minutos para posteriormente ser conducida a una habitación donde una persona vestida de civil
la habría golpeado, le habría desgarrado la ropa dejándola prácticamente desnuda delante de los
otros agentes allí presentes.
374. En relación a Ileana González Rodríguez el Gobierno informó de que son totalmente
falsas las alegaciones de los malos tratos recibidos.
375. Liván González Larrudé habría fallecido el 8 de febrero de 2000 en el hospital
Hermanos Almajeiras de Centro Habana, a consecuencia de una lesión severa de cráneo
supuestamente provocada por agentes del orden interior que habrían estado custodiando la
discoteca “La Palma”, en el municipio de Arroyo Naranjo. Testigos que se encontrarían en el
lugar de los hechos habrían visto a cuatro agentes que lo habrían esposado y golpeado para
posteriormente desaparecer, dejándolo inconsciente y ensangrentado.
376. Respecto al caso de Liván González Larrudé, el Gobierno señala que fue detenido el 6 de
febrero de 2000 por alteración del orden, encontrándose bajo los efectos del alcohol; tras lograr
evadirse de la policía, llegó a una azotea desde donde cayó al suelo; 14 testigos han corroborado
los hechos y el acta de necropsia señala una muerte violenta que corresponde a la caída de la
azotea. Tras su caída fue encontrado en la calle y trasladado por la policía al Policlínico
Julián Grimau donde se dispuso su traslado al Hospital Julio Trigo, y posteriormente al Hospital
Miguel Hernández donde se le practicó una operación al cráneo y debido a su estado de gravedad
se le trasladó al Hospital Hermanos Amijeiras por ser uno de los mejor equipados del país, donde
falleció.
Urgent appeals and replies received
377. Con fecha 16 de febrero de 2000, el Relator Especial transmitió conjuntamente con el
Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, un llamamiento
urgente en favor de Juan Carlos Carrillo Martínez, recluso de la prisión de Canaleta. Habría
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