CAT/OP/MEX/2
105. El Subcomité recomienda la elaboración de salvaguardias para quienes operan
con el consenso informado de parte del paciente en su ejercicio de la capacidad jurídica,
según el artículo 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad.
106. Además, se recomienda asegurar que las personas que se encuentran
involuntariamente hospitalizadas cuenten con representación legal.
V. Mecanismo nacional de prevención
107. De acuerdo a lo establecido por el artículo 72 de la Ley General para Prevenir,
Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,
el mecanismo nacional de prevención que se prevé crear debe estar conforme al Protocolo
Facultativo, siendo un órgano independiente y especializado adscrito a la Comisión Nacional
de Derechos Humanos. Sin embargo, falta hasta la fecha el reglamento que determinará la
estructura, integración y funcionamiento del mecanismo nacional de prevención y las
comisiones de las entidades federativas como mecanismos de prevención locales.
108. El Subcomité seguirá ofreciendo su asesoramiento técnico especialmente en los
apartados de la Ley General relacionados con el mecanismo nacional de prevención.
109. Existe una brecha significativa en términos de hallazgos de tortura y malos tratos entre
los que identifica el mecanismo nacional de prevención respecto a los detectados por
organismos y expertos internacionales y por la sociedad civil. Para el Subcomité esto se debe
a que el mecanismo nacional de prevención carece de un enfoque basado en la prevención,
también porque predominan las visitas anunciadas sobre la no anunciadas, y la metodología
de visita y entrevistas no es la adecuada para la detección de tortura y malos tratos. En este
sentido, la utilización predominante de entrevistas estructuradas en lugar de entrevistas
abiertas en profundidad con las personas privadas de libertad subregistra el fenómeno de la
tortura y los malos tratos. Tampoco se crean condiciones adecuadas para realizar entrevistas
en forma confidencial y para profundizar hallazgos de tortura y malos tratos y sobre las
condiciones sistémicas que los hacen posibles.
110. Si bien hay informes después de las visitas, no se realizan recomendaciones ni se
promueve un diálogo cooperativo con altas autoridades gubernamentales. No hay
seguimiento adecuado de los casos ni existe una política adecuada para reducir el riesgo de
represalias.
111. El mecanismo nacional de prevención no ha logrado diferenciarse de la Comisión
Nacional de Derechos Humanos. Solo de manera reciente se ha adoptado una imagen
institucional diferenciada, pero aún debe empezarse a desarrollar una metodología propia de
visitas y un diálogo diferenciado. Esto ha producido un efecto de invisibilidad ante la
sociedad civil y las personas privadas de libertad, fenómeno que la implementación efectiva
de la Ley General podría mejorar.
112. Se evidencia una falta de legitimidad e interacción con la sociedad civil en
consonancia con lo establecido en el Protocolo Facultativo. El Subcomité desea resaltar que
estos problemas han sido reconocidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en
los diálogos mantenidos durante la visita. El Subcomité reconoce los esfuerzos llevados a
cabo por la Comisión Nacional de Derechos Humanos para consolidar el mecanismo nacional
de prevención, sobre todo desde la gestión del actual presidente. Durante la visita, el
Subcomité identificó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos cuenta con personal
con capacidad técnica para llevar adelante los cambios necesarios. El Subcomité saluda que
la nueva Ley General favorezca la participación de la sociedad civil en el desarrollo de las
actividades del mecanismo nacional de prevención y hace un llamado a que en la práctica se
vea reflejado el importante papel que efectivamente puede desarrollar.
113. El Subcomité reconoce la adecuada respuesta que obtuvo por parte de la Comisión
Nacional de Derechos Humanos y la Comisión Estatal de Nuevo León a sus requerimientos
ante la detección de víctimas de torturas y malos tratos que requerían urgentes intervenciones.
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