CAT/OP/PAN/1/Add.1 necesidades de higiene propias de su género y se les brinde servicios de atención de salud, por médicos ginecólogos. 101. El Ministerio de Salud tiene médicos asignados, entre ellos 1 ginecólogo, en el Centro Femenino de Rehabilitación de Panamá (CEFERE), para brindar atención a las privadas de libertad en un horario de 1:00 a 7:00 p.m., así como una enfermera para asistirle en los procedimientos ginecológicos. Además se llevan controles prenatales, se realizan Papanicolaou de control y seguimiento a casos ginecobstetricios encontrados. 102. Con relación a la atención médica en el resto de los centros penitenciarios, el procedimiento consiste en que una vez ingresa la persona privada de libertad al centro penitenciario, ésta es atendida durante las primeras 24 horas en la clínica del centro, o en su defecto se coordina con una entidad de atención de salud pública. Las personas privadas de libertad son atendidas a través de cuadrantes médicos periódicos y en caso de requerir especialidades (como ginecología en el caso de las mujeres) o algún tratamiento especializado, el médico del centro penitenciario ordena su traslado al hospital de la región correspondiente. Interés superior del Niño y la regla 58 de las Reglas de Bangkok sobre medidas alternativas a la prisión preventiva y condena de mujeres CAT/OP/PAN/R.1 (párrafo 99 y 100) 103. La Dirección General del Sistema Penitenciario contempla en la construcción del nuevo Centro Femenino de Rehabilitación (CEFERE) un área especial para que las mujeres, luego del parto, puedan permanecer con sus hijos y amamantarlos en condiciones adecuadas. Dicho centro ya se encuentra en construcción y está prevista su finalización para febrero de 2019. 104. Actualmente se propicia dentro de los centros penitenciarios el encuentro entre las madres privadas de libertad y sus hijos menores de edad, con una duración aproximada de 2 a 3 horas. Durante este periodo la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF) le da seguimiento a la protección y garantía de los derechos de las personas menores de edad. 105. En el Centro Femenino de Rehabilitación (CEFERE) se lleva a cabo el “Programa de Visitas Intercarcelarias” consistente en propiciar el encuentro entre las madres en condición de privación de libertad con sus menores hijos que se encuentran es custodia. Este encuentro se lleva a cabo previa coordinación entre las trabajadoras sociales de CEFERE y del Instituto de Estudios Interdisciplinarios (IEI). De igual forma se pone en conocimiento del Juez de Cumplimiento, según sea el caso, para que dependiendo de la medida se tomen las previsiones que el caso amerita. 106. Como parte de las acciones para fortalecer los vínculos entre los menores hijos e hijas y sus madres en condición de privación de libertad, la Dirección General del Sistema Penitenciario en coordinación con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF) elaboraron el estudio “Diagnostico de la Situación de los hijos e hijas menores y el Modelo de Atención Integral encaminados a crear una ruta que fortalezca los vínculos familiares y proveer atención necesaria a los menores. 107. En enero de 2018, SENNIAF inició el proyecto “Un aporte de la sociedad civil a la implementación del Modelo de Atención de la Convivencia Familiar de Hijos e Hijas de Mujeres Privadas de Libertad en Panamá”, para contribuir técnicamente a nutrir el diseño y validación del “Modelo para la Atención de la Convivencia familiar de hijos e hijas de mujeres privadas de libertad” con el que cuenta el país desde el año 2017, 15

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