CAT/OP/PAN/1/Add.1
116. Conforme a los procedimiento de atención de personas migrantes, la primera opción
es mantener la unidad familiar, especialmente a las madres con sus hijos. Se busca la
opción de ubicarlos temporalmente, ubicando la mejor opción para no separarlos.
Actualmente, distintas entidades trabajan en un protocolo de atención para la niñez
migrante con la finalidad de formalizar la ruta de atención que se está brindando.
Prevención de la tortura y los malos tratos contra mujeres privadas de libertad
CAT/OP/PAN/R.1 (párrafo 105)
117. En cumplimiento de la Regla 26 de las Reglas de Bangkok el Ministerio de
Seguridad Pública y la Dirección General del Sistema Penitenciario mantiene como
custodias a mujeres y policías encargadas de la seguridad externa en los centros
penitenciarios.
B. Protección de adolescentes en conflicto con la Ley Penal
Revisión de la legislación sobre justicia penal juvenil CAT/OP/PAN/R.1 (párrafo 108)
118. La Ley 40 de 26 de agosto de 1999, del Régimen Especial de Responsabilidad
Penal para la Adolescencia, establece un sistema de derechos y garantías, esto es, un debido
proceso penal especial para personas menores de edad señaladas de haber participado en la
comisión de delitos, otorgándoles al menos los mismos derechos de los adultos y otros
especiales a sus condiciones biológicas y psicológicas; pero al mismo tiempo fijando
objetivos muy puntuales, entre los que se conjugan finalidades de prevención especial y
general de la ley penal, con fines especiales para adolescentes (asunción de la
responsabilidad a través de la educación y socialización), procurando dejar atrás el modelo
tutelar.
119. Si bien esta ley, desde su creación, fue concebida como un avance en cuanto al
sistema inquisitivo imperante en aquella época, en la actualidad ha quedado rezagada ante
el cambio de sistema que experimenta la jurisdicción penal de adultos.
120. Por lo anterior, el Órgano Judicial, como primer paso del proceso, ha realizado
talleres para la revisión de la Ley 40 de 26 de agosto de 1999, del Régimen Especial de
Responsabilidad Penal para la Adolescencia, con la participación de Jueces Penales, Jueces
de Cumplimiento y Defensores Públicos de esta jurisdicción, entre otros entes
involucrados, con el fin de adecuar ésta ley al nuevo modelo de juzgamiento contemplado
en la Ley 63 de 28 de agosto de 2008 y optimizar las normas que regulan los Derechos y
Garantías Fundamentales de este sector en condición de vulnerabilidad.
Escolaridad y programas educativos CAT/OP/PAN/R.1 (párrafo 118)
121. El Instituto de Estudios Interdisciplinarios mantiene permanente comunicación con
el Ministerio de Educación, a fin de encontrar soluciones viables para extender las jornadas
educativas dentro de los centros, así como mejorar la calidad y cobertura de la educación.
Actualmente los recién llegados al centro se incorporan en los diferentes talleres
vocacionales y de emprendedurismo, son insertados en la escuela, además de recibir
orientaciones o talleres sobre aspectos psicosociales.
122. Entre los meses de septiembre y diciembre de 2017 se realizaron tres reuniones para
la elaboración de un Convenio Marco de Cooperación y Desarrollo Técnico Educativo
entre el Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Educación para el desarrollo de
programas de intercambio educativo interinstitucional que garantice la reintegración social
y laboral de los adolescentes en conflicto con la ley penal.
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