A/HRC/34/54/Add.3 un impedimento real y considerable al acceso de la mujer a una digna salud sexual. El Relator Especial sobre la Tortura expresa gran preocupación sobre las consecuencias que conlleva la penalización absoluta de dicho servicio de salud sexual y reproductiva. En este contexto, hace referencia a su informe temático (A/HRC/22/53), en el que concluye que la práctica de negar servicios reproductivos de aborto incrementa de hecho el número de abortos inseguros, exponiendo a las mujeres a consecuencias graves y duraderas para su salud física y mental, incluyendo el riesgo de muerte y discapacidad. Asimismo, reitera las conclusiones del Comité contra la Tortura, que establecen que las restricciones en el acceso al aborto y prohibiciones absolutas del mismo transgreden la prohibición de la tortura y los malos tratos. 130. El Relator señala ausencia de información que demuestre un progreso legislativo en eliminar la prohibición absoluta del aborto en El Salvador, así como ausencia de información que demuestre avances en el acceso efectivo a información sexual y reproductiva entre la población, y en el acceso a métodos anticonceptivos. Los datos y la información proporcionados por el Estado son previos a los hechos mencionados en la comunicación en cuestión. Por ello, el Relator Especial concluye que hay fundamentos suficientes en los argumentos presentados, disponibles en el enlace señalado anteriormente, para señalar que el Gobierno de El Salvador ha violado el derecho de las mujeres y niñas a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes, como afirma el artículo 16 del CAT. JUA 14/07/2016 Case No. SLV 2/2016 State Reply: None to date Alegaciones sobre María Teresa Rivera, una de las mujeres que cumplen penas de prisión por cuestiones relacionadas con el embarazo así como la penalización del aborto en El Salvador 131. El Relator Especial lamenta que, hasta la fecha, el Gobierno de El Salvador no haya respondido a la presente comunicación, y por ello, considera que no ha cumplido con su deber de cooperar con el mandato establecido por el Consejo de Derechos Humanos en la resolución 25/13. 132. Asimismo, el Relator Especial considera que el Gobierno no ha cumplido con su obligación internacional de garantizar el acceso a la salud sexual y reproductiva, incluida la atención de la salud materna, el acceso a todos los métodos de anticoncepción moderna y acceso a servicios de aborto seguro y legal, al menos en los casos en los que el embarazo ponga en peligro la vida o la salud de la mujer o la niña; cuando sea resultado de violación o incesto, o en casos de malformación fetal grave. 133. Ante la falta de información que indique lo contrario el Relator concluye que el Gobierno de El Salvador, está en riesgo de violar la Convención en contra de la Tortura (CAT). Se expresa profunda preocupación que el Fiscal General haya decidido recurrir la sentencia judicial que había puesto en libertad a María Teresa Rivera y que esta última pueda correr el peligro de ser nuevamente encarcelada. Asimismo, nos sigue preocupando la situación de las otras mujeres que cumplen penas de hasta 40 años de prisión por homicidio agravado por cuestiones relacionadas con el embarazo. Además, se expresa preocupación por la propuesta de modificación al Código Penal, presentada el día 11 de julio por un diputado perteneciente al partido ARENA, que pretende elevar las penas por aborto que actualmente son de 2 a 8 años, hasta condenas de 30 a 50 años. 134. El Relator Especial quisiera recordarle al Estado su informe temático Numero A/HRC/22/53 donde exhorta a todos los Estados a que velen por que las mujeres tengan acceso a la atención médica de emergencia, incluidos los cuidados posteriores al aborto, sin temor a sanciones penales, represalias o trato humillante. 27

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