A/HRC/4/33/Add.2
Page 98
546.
Fuentes no gubernamentales mencionan que en junio de 2006, la Vicepresidente del
Gobierno manifestó que se estaba preparando un plan nacional de derechos humanos. Sin
embargo, se indica que no se tiene información detallada sobre el contenido de dicho Plan.
547.
De acuerdo a las mismas fuentes, el protocolo que el Gobierno Vasco puso en marcha
para la asistencia a personas detenidas en régimen de incomunicación, no ha impedido la
aparición de nuevas denuncias. Dicho protocolo incluye la grabación de la estancia en las
comisarías de la Ertaintza (Policía Autónoma Vasca) de las personas detenidas bajo régimen de
incomunicación. Sin embargo, el 3 de octubre de 2006, el Defensor del Pueblo Vasco reconoció
que durante una visita no anunciada a la Comisaría de Arkaute, en Vitoria-Gasteiz, comprobó
que pese a las declaraciones del Departamento de Interior del Gobierno Vasco, las cámaras
previstas para estas grabaciones no funcionaban.
548.
Por otra parte, fuentes no gubernamentales dicen no tener información sobre el
protocolo para determinar la actuación de los Mossos d'Esquadra (policía de Cataluña) en la
atención a enfermos mentales. Este protocolo fue anunciado por la Generalitat de Catalunya a
raíz de la muerte de una persona enferma en el momento de su detención en 20 de octubre de
2004.
549.
Adicionalmente, el régimen de Fichero de Internos en Especial Seguimiento (FIES)
sigue en vigor después de que un recurso interpuesto ante la Audiencia Nacional fuera
desestimado. La sentencia que desestimó este recurso ha sido recurrida en casación ante el
Tribunal Supremo.
550.
Con respecto a la recomendación del Relator Especial, el Gobierno afirma que los
derechos de las personas detenidas cuentan ya con un marco protector amparado tanto por la
normativa interna, como por una serie de instrumentos normativos internacionales ratificados e
incorporados al ordenamiento jurídico español.
551.
El Gobierno señala que los casos de desviación en la actuación policial son
escasísimos. La regla general, absoluta, que preside siempre la actuación profesional de la
policía es la de un riguroso respeto a los derechos fundamentales y a la dignidad e integridad del
detenido. Por ejemplo, el último informe presentado por el Defensor del Pueblo únicamente
recoge dos supuestos casos de malos tratos y otros dos de actuación incorrecta, por parte de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante el año 2005.
552.
El Gobierno menciona que ha reforzado sustancialmente los instrumentos de que
dispone el Ministerio del Interior para garantizar que incluso estos casos excepcionales sean
erradicados. Con este objetivo el Gobierno ha impulsado y reforzado la Inspección de Personal y
Servicios de Seguridad, y ha potenciado las relaciones de la Inspección con los organismos e
instituciones que velan por la defensa de los derechos y libertades ciudadanas como el Defensor
del Pueblo, Amnistía Internacional, y otras organizaciones no gubernamentales que actúan y
participan activamente en este tipo de políticas.
553.
Adicionalmente, el Gobierno menciona que la Secretaría de Estado de Seguridad
elaboró recientemente instrucciones precisas y actualizadas, que proporcionarán normas de
comportamiento y actuación a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents