E/CN.4/2005/62/Add.2 page 15 dictamen, en el rubro denominado "Signos y Síntomas Físicos" que establece: Correlacionar el grado de concordancia de los hallazgos encontrados durante la exploración física y las alegaciones de tortura y/o maltrato (la ausencia de signos físicos no excluye la posibilidad de que se haya infligido tortura y/o maltrato). Con ello, se otorgan las directrices a los médicos forenses y agentes del Ministerio Público de la Federación del acatamiento de esta observación. 76. La recomendación j) dice: Los delitos graves perpetrados por personal militar contra civiles, en particular la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, deben ser conocidos por la justicia civil, con independencia de que hayan ocurrido en acto de servicio. 77. La recomendación k) dice: Debe enmendarse el Código Penal Militar para incluir expresamente el delito de tortura infligida a personal militar, como es el caso del Código Penal Federal y de la mayoría de los códigos de los Estados. 78. La recomendación l) dice: Los médicos asignados a la protección, atención y trato de personas privadas de libertad deben ser empleados con independencia de la institución en que ejerzan su práctica; deben ser formados en las normas internacionales pertinentes, incluidos los Principios de ética médica aplicables a la función del personal de salud, especialmente los médicos, en la protección de las personas presas y detenidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Deben tener derecho a un nivel de remuneración y condiciones de trabajo acordes con su función de profesionales respetados. 79. El Gobierno informó de que respecto a la independencia de los servicios forenses, cabe citar que en el proyecto de reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia penal se otorga autonomía e independencia a los servicios periciales, los cuales se transformarán en un organismo descentralizado sectorizado de la Secretaría del Interior. En caso de aprobarse la Iniciativa de Reforma, los peritos ya no formarán parte de la estructura orgánica de la Fiscalía General de la Federación y, por tanto, dejarán de estar bajo la dependencia jerárquica del Ministerio Público. 80. La recomendación m) dice: Debe apoyarse la iniciativa de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para mejorar la ley relativa a la indemnización de las víctimas de violaciones de los derechos humanos. 81. El Gobierno informó de que la Iniciativa de Reforma al Sistema de Seguridad Pública y Justicia Penal propone instrumentar mecanismos jurídicos para garantizar los derechos de las víctimas u ofendidos del delito tales como la posibilidad de presentar su denuncia ante la Policía Federal, conforme al artículo 280 del proyecto de reformas al Código Federal de Procedimientos Penales. Asimismo, se contempla la obligación del juez de hacer un pronunciamiento, respecto de la reparación del daño en las sentencias absolutorias, a efecto de que la sentencia sirva como título ejecutivo civil y con ello pueda llevar a cabo el embargo precautorio de bienes, sin necesidad de acudir a un juicio ordinario civil, con base en lo dispuesto en el artículo 481 del citado proyecto. 82. La recomendación n) dice: Habida cuenta del escaso celo con que el Ministerio Público enjuicia los delitos cometidos por funcionarios públicos, debería estudiarse la

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