CAT/OP/MEX/2/Add.1 El Subcomité, notando que sus recomendaciones previas no fueron implementadas, urge que se mejoren las condiciones materiales de las comisarías policiales y centros municipales y que se lleven a cabo esfuerzos para asegurar: a) Que todas las celdas en las estaciones de policía y centros municipales estén limpias y sean de un tamaño razonable para el número de personas allí detenidas; b) Que las condiciones de luz y ventilación sean adecuadas; c) Que se proporcionen a las personas detenidas colchones y cobijas cuando permanezcan en este tipo de establecimientos durante la noche; d) Que las personas detenidas reciban los productos higiénicos básicos y necesarios; cantidad y calidad; f) Que las personas detenidas más de 24 horas puedan realizar ejercicios físicos durante una hora cada día y puedan recibir visitas; g) Que el personal a cargo de custodiar a las personas detenidas esté compuesto por personas de ambos sexos y que sean mujeres las que supervisen las áreas donde se encuentren las mujeres detenidas; h) Que las personas detenidas, cuando no tengan un número fijo para contactar a sus familiares, puedan comunicarse con sus familiares trámite teléfonos celulares; e) Que las personas detenidas tengan acceso a agua potable y se les proporcione una alimentación adecuada, en cantidad y en calidad; f) Que las personas detenidas más de 24 horas puedan realizar ejercicios físicos durante una hora cada día y puedan recibir visitas; g) Que el personal a cargo de custodiar a las personas detenidas esté compuesto por personas de ambos sexos y que sean mujeres las que supervisen las áreas donde se encuentren las mujeres detenidas; h) Que las personas detenidas, cuando no tengan un número fijo para contactar a sus familiares, puedan comunicarse con sus familiares trámite teléfonos celulares. 83. Al respecto, se informa que el OADPRS, por disposición legal tiene a su cargo la ejecución material de la prisión preventiva; de las sanciones y medidas de seguridad de las personas privadas de la libertad en los Centros Federales de Readaptación Social; así como la administración y operación del Sistema Penitenciario Federal. En consecuencia, las comisarías policiales y centros de reclusión municipales no dependen de dicho Órgano Administrativo, como consta en lo dispuesto en el artículo 18, párrafo segundo de la CPEUM y 5 del Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social. 84. En ese sentido, y debido a la complejidad de recabar la información de las 32 entidades federativas, en alcance se enviará la respuesta en seguimiento a la presente recomendación. 15

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