CAT/OP/MEX/2/Add.1
El Subcomité, notando que sus recomendaciones previas no fueron implementadas,
urge que se mejoren las condiciones materiales de las comisarías policiales y centros
municipales y que se lleven a cabo esfuerzos para asegurar:
a) Que todas las celdas en las estaciones de policía y centros municipales estén
limpias y sean de un tamaño razonable para el número de personas allí detenidas;
b) Que las condiciones de luz y ventilación sean adecuadas;
c) Que se proporcionen a las personas detenidas colchones y cobijas cuando
permanezcan en este tipo de establecimientos durante la noche;
d) Que las personas detenidas reciban los productos higiénicos básicos y
necesarios; cantidad y calidad;
f) Que las personas detenidas más de 24 horas puedan realizar ejercicios físicos
durante una hora cada día y puedan recibir visitas;
g) Que el personal a cargo de custodiar a las personas detenidas esté
compuesto por personas de ambos sexos y que sean mujeres las que supervisen las
áreas donde se encuentren las mujeres detenidas;
h) Que las personas detenidas, cuando no tengan un número fijo para
contactar a sus familiares, puedan comunicarse con sus familiares trámite teléfonos
celulares;
e) Que las personas detenidas tengan acceso a agua potable y se les
proporcione una alimentación adecuada, en cantidad y en calidad;
f) Que las personas detenidas más de 24 horas puedan realizar ejercicios físicos
durante una hora cada día y puedan recibir visitas;
g) Que el personal a cargo de custodiar a las personas detenidas esté
compuesto por personas de ambos sexos y que sean mujeres las que supervisen las
áreas donde se encuentren las mujeres detenidas;
h) Que las personas detenidas, cuando no tengan un número fijo para
contactar a sus familiares, puedan comunicarse con sus familiares trámite teléfonos
celulares.
83.
Al respecto, se informa que el OADPRS, por disposición legal tiene a su cargo la
ejecución material de la prisión preventiva; de las sanciones y medidas de seguridad de las
personas privadas de la libertad en los Centros Federales de Readaptación Social; así como
la administración y operación del Sistema Penitenciario Federal. En consecuencia, las
comisarías policiales y centros de reclusión municipales no dependen de dicho Órgano
Administrativo, como consta en lo dispuesto en el artículo 18, párrafo segundo de la
CPEUM y 5 del Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y
Readaptación Social.
84.
En ese sentido, y debido a la complejidad de recabar la información de las 32
entidades federativas, en alcance se enviará la respuesta en seguimiento a la presente
recomendación.
15
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