E/CN.4/2004/56/Add.3 page 32 190. El Gobierno informó de que las recomendaciones de la CNDH se han convertido tanto en motor del cambio a favor de una cultura de respeto de los derechos humanos, como en testimonio de su gestación y desarrollo. Del recuento de las dependencias, se puede concluir que existe un decremento a partir de 2001, período en que el nuevo Gobierno ha sido objeto de 1,72 recomendaciones al mes, contra 2,45 de la administración anterior. Desde 2000, México ha recibido la visita de representantes de 13 mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos, cuyas recomendaciones han sido incluidas en la agenda de derechos humanos. Mediante la coordinación de la Comisión de Política Gubernamental de México, instalada desde 2001, el Gobierno ejerce las siguientes prácticas: 1) Mantiene un mecanismo de diálogo con las organizaciones de la sociedad civil para incluirlas en el diseño de políticas públicas. De esta forma, dichas organizaciones contribuyen al diseño y ejecución de la política exterior de México en materia de derechos humanos. 2) Optimiza la atención a las recomendaciones emitidas por organismos internacionales y relatores especiales, al incluirlas en las mesas de trabajo y discusión de la Comisión. La Comisión es la encargada de promover el cumplimiento de las recomendaciones hechas al Estado. 3) Promueve la ratificación de tratados internacionales en la materia. Al respecto, también busca mejorar el desarrollo de programas de cooperación técnica (como el que existe actualmente con el ACNUDH) que distribuyan de forma más eficiente las recomendaciones recibidas desde el exterior. 191. El Gobierno aseguró que México busca armonizar la normatividad nacional en relación con estándares internacionales para cumplir con las recomendaciones expedidas y estudia la posibilidad de realizar reformas constitucionales para eliminar lagunas que impiden la implantación de las recomendaciones. 192. La recomendación r) dice: Deben realizarse esfuerzos para incrementar la conciencia entre el personal de las procuradurías y de la judicatura de que no debe tolerarse la tortura y que los responsables de ese delito deben ser sancionados. 193. De acuerdo con la información transmitida por fuentes no gubernamentales, en el marco del acuerdo de cooperación técnica entre el Gobierno y el ACNUDH, se han dado algunos esfuerzos en este sentido. Se habría establecido una propuesta de procedimiento modelo, que requeriría al Estado documentar eficaz y eficientemente todas las alegaciones de tortura. Dicha documentación sólo tendrá validez siempre y cuando garantice la imparcialidad, la protección y la reparación del daño, así como los criterios establecidos en el Protocolo de Estambul. Por otra parte, se habrían realizado algunos esfuerzos por parte de la PGR, como la organización de un curso de capacitación a los peritos y demás personal en el uso del Protocolo de Estambul. La PGJ del Distrito Federal habría implementado cursos de capacitación para los ministerios públicos, agentes y demás personal que trabaja para la PGR del Distrito Federal. Sin embargo, dichos cursos sólo se aplicarían en las capitales de los Estados y por lo general estarían dirigidos a los directores de áreas o al personal que se encuentra en los niveles de mando, por lo que no se garantizaría que la capacitación llegue a los agentes que se encuentra en las calles y los ministerios públicos que trabajan en las provincias. Por otro lado, no existiría un control del impacto de dicha capacitación. El Relator Especial también fue informado de que, a pesar de estos esfuerzos de capacitación, existiría en los medios de comunicación una tendencia a presentar a los defensores de derechos humanos como defensores de delincuentes. 194. El Gobierno se refirió a la información proporcionada en relación con el seguimiento de las recomendaciones h), i) y n).

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