A/HRC/7/3/Add.2 page 106 557. Recommendation (j) stated: The United Nations Programme of Advisory Services and Technical Assistance in respect of the Russian Federation should be intensified in the following areas: 558. (a) Training of law enforcement, prosecutorial, judicial and penitentiary officials in international standards in the administration of justice (pre-trial, trial and post-trial phases), in cooperation, as necessary, with other organizations, such as the International Committee of the Red Cross and academic institutions; 559. (ii) The mobilizing of material and technical resources existing in Member States that the Special Rapporteur hopes and trusts could be made available in the same spirit of international solidarity and cooperation as that shown by the Government of the Russian Federation in inviting the Special Rapporteur. Spain Seguimiento dado a las recomendaciones del Relator Especial reflejadas en su informe sobre su visita a España en octubre de 2003 (E/CN.4/2004/56/Add.2, párr. 64-73). 560. Por cartas con fecha 20 de febrero de 2007, 31 de octubre de 2007 y 30 de enero de 2008 el Gobierno español proporcionó información sobre la implementación de las recomendaciones del Relator Especial, la cual complementa la información enviada anteriormente (véase A/HRC/4/33/Add.2; E/CN.4/2006/Add.2; E/CN.4/2005/62/Add.2). 561. El Relator Especial acoge con satisfacción la aprobación de la Instrucción 12/2007 de la Secretaría de Estado de Seguridad, que protege los derechos de las personas detenidas o bajo custodia policial. El Relator también destaca la aprobación de la Instrucción 7/2007 que facilita la presentación de quejas sobre la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como la Instrucción 13/2007 relativa a la identificación de los funcionarios policiales a través del porte permanente de un número de identificación personal. El Relator también aprecia que se haya permitido a algunas personas detenidas bajo régimen de incomunicación, ser visitadas por médicos de su elección. Sin embargo, reitera su profunda preocupación por el mantenimiento de la detención incomunicada (sobre todo, en un contexto antiterrorista) y recuerda que el régimen de la incomunicación facilita la comisión de actos de tortura y está en conflicto con las normas internacionales de derechos humanos. 562. Por otro lado, el Relator expresa su inquietud con relación a las denuncias de malos tratos infligidos a inmigrantes, supuestamente por motivaciones racistas o xenófobas. El Relator insta al Gobierno a que garantice que todas las denuncias e informes de tortura y malos tratos serán investigados con prontitud y eficacia, y que los funcionarios públicos implicados serán suspendidos de sus funciones hasta conocerse el resultado de la investigación y de las diligencias jurídicas o disciplinarias posteriores. Finalmente, el Relator invita al Gobierno a que establezca los Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura lo más pronto posible.

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