A/HRC/7/3/Add.2
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563.
La recomendación (a) dice: Las más altas autoridades, en particular los
responsables de la seguridad nacional y el cumplimiento de la ley, deberían
reafirmar y declarar oficial y públicamente que la tortura y los tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes están prohibidos en toda circunstancia y que las
denuncias de la práctica de la tortura en todas sus formas se investigarán con
prontitud y a conciencia.
564.
Fuentes no gubernamentales afirman que durante el 2007 no se observaron
avances significativos con relación a la implementación de esta recomendación.
565.
Por su parte, el Gobierno español confirma su compromiso con la defensa a
ultranza de los derechos humanos, el absoluto respecto a la legalidad y la máxima
transparencia en la gestión pública. El Gobierno menciona que una prueba de este
compromiso es la reciente aprobación de la Instrucción 12/2007 de la Secretaría de
Estado de Seguridad sobre los Comportamientos Exigidos a los Miembros de las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado para Garantizar los Derechos de las Personas
Detenidas o bajo Custodia Policial. Se informa que la instrucción 12/2007 realiza un
esfuerzo importante para delimitar el empleo, por los funcionarios policiales, de la fuerza
mínima, proporcionada e indispensable en los casos en que sea estrictamente necesaria.
La instrucción 12/2007 también estipula en varios de sus apartados la absoluta
interdicción en el ordenamiento jurídico español, de cualquier exceso físico o psíquico
en la detención y toma de declaración del detenido, así como las consecuencias penales y
disciplinarias que pueden derivarse de su incumplimiento.
566.
Adicionalmente, el Gobierno informa que los poderes públicos fomentan la
motivación de los ciudadanos en la adopción de conductas pro-activas que conlleven la
denuncia sistemática de cualquier delito o comportamiento que implique la vulneración
de sus derechos. El Gobierno destaca que para facilitar la presentación de quejas sobre el
funcionamiento y la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se ha
producido recientemente la aprobación de la Instrucción 7/2007 de la Secretaría de
Estado de Seguridad que, entre otras medidas, acuerda poner a disposición de los
ciudadanos, en todas las dependencias policiales, un libro de quejas y sugerencias, que
deben ser investigadas y respondidas debidamente por los Cuerpos Policiales.
567.
Frente a la percepción de las fuentes no gubernamentales de que "durante 2007
no se observaron avances significativos en relación con la implementación de esta
recomendación; el Gobierno reitera todas las modificaciones normativas abordadas por el
Gobierno en este periodo, que se recogen detalladamente en los próximos apartados de
este informe, demuestran la firme voluntad de las autoridades españolas de aplicar y
hacer público el principio de tolerancia cero ante cualquier caso de malos tratos
policiales, convirtiendo el año 2007 en un periodo especialmente fructífero en la mejora
de los mecanismos de defensa de los derechos humanos en España. A pesar de eso, el
Gobierno indica que en general las "fuentes no gubernamentales" que cita el Relator
confirman plenamente la asunción por las autoridades del Estado español de una política
de "tolerancia cero" contra la tortura, a través de distintas iniciativas y declaraciones
institucionales, tanto a nivel nacional como internacional.
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