A/HRC/7/3/Add.2
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670.
El Gobierno se refiere también al vigente Código Penal y la Ley Orgánica
4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social,
indicando que contemplan en su articulado la protección de los derechos y libertades de
los extranjeros. En concreto, el Gobierno precisa que el articulo 23 de la citada Ley
Orgánica recoge una serie de actos calificados como discriminatorios, estableciendo su
articulo 24 que 'la tutela judicial contra cualquier práctica discriminatoria que comporte
vulneración de derechos y libertades fundamentales podrá ser exigida por el
procedimiento previsto en el articulo 53.2 de la Constitución en los términos legalmente
establecidos'.
671.
La recomendación (j) dice: Se invita asimismo al Gobierno a que ratifique en
fecha próxima el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que no sólo contempla el
establecimiento de un mecanismo internacional independiente sino también de
mecanismos nacionales independientes para la prevención de la tortura en el plano
interno. El Relator Especial considera que esos mecanismos internos independientes
de control e inspección son una herramienta adicional importante para impedir y
suprimir la tortura y los malos tratos, y pueden ejercer efectos beneficiosos en las
personas privadas de libertad en todos los países, incluida España.
672.
Fuentes no gubernamentales afirman que durante el año 2007, algunos
miembros de organizaciones no gubernamentales, así como otras organizaciones de
Derechos Humanos del Estado, han mantenido numerosas reuniones con representantes
de la Administración, para intentar avanzar en el diseño de los Mecanismos Nacionales
de Prevención de la Tortura (MNPT). Sin embargo, se especifica que dichas reuniones
habrían sido infructuosas hasta la fecha.
673.
Fuentes no gubernamentales afirman que el Gobierno no ha dado pasos
realmente efectivos para la pronta implementación del MNPT, y que estaría
obstaculizando el acceso de organizaciones de derechos humanos a los centros de
detención. Para dar un ejemplo, en mayo de 2007, el Observatori del Sistema Penal i els
Drets Humans de la Universidad de Barcelona, que venía accediendo al interior de
varios centros penitenciarios catalanes, denunció la existencia de, al menos 15
denuncias por torturas y malos tratos a presos de la cárcel barcelonesa de Brians. Tras
estas denuncias, se le comenzó a negar el acceso a las prisiones catalanas, con el
argumento de que había denunciado aquellos casos de tortura y malos tratos.
674.
Por su parte, el Gobierno también afirma que se han llevado a cabo numerosas
reuniones entre los organismos administrativos implicados y los agentes sociales para
definir la estructura del Mecanismo Nacional de Prevención da Tortura (MNPT). El
Gobierno precisa que no se ha llegado a un acuerdo debido a la diversidad de las partes
implicadas, pero espera que pueda alcanzarse en los próximos meses. Ante las
alegaciones de las organizaciones no gubernamentales presentadas en el informe anterior
(A/HRC/4/33/Add.2 párr. 602), el Ministerio del Interior precisa que las reuniones arriba
mencionadas, son una prueba de los esfuerzos del Gobierno de incluir a todos los actores
relevantes de la sociedad civil en el proceso de creación del MNPT. Como se puso de
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