E/CN.4/1996/35/Add.1 page 20 El Gobierno informó que en el curso de su detención policial fue examinado por un médico institucional y otro del servicio medicolegal, quienes no constataron lesiones. No hubo investigación administrativa por no haberse recibido denuncia al respecto. 81. Víctor Hugo Solís Chico y Pedro Andrés Bórquez Rodríguez fueron detenidos en Valdivia el 18 de abril de 1993 por personal de investigaciones que los trasladó al cuartel de esa ciudad. Fueron introducidos en una sala donde, en dos ocasiones, se les habría aplicado electricidad en los testículos, axilas, sienes y pecho con el objeto de que se autoinculparan de varios delitos. Al día siguiente fueron puestos a disposición del Tercer Juzgado del Crimen de Valdivia, ante el que refirieron los tormentos sufridos. El médico legista de Valdivia certificó en el proceso correspondiente la existencia de lesiones y el origen de las mismas. Posteriormente, y de manera al parecer irregular, la causa pasó a ser conocida por el Primer Juzgado del Crimen, tribunal que sobreseyó el proceso por aplicación de tormentos por cuanto habría certificados médicos contradictorios con el del médico legista. El Gobierno informó que el médico legista constató lesiones en Solís Chico pero no en Bórquez Rodríguez. El proceso fue sobreseído por falta de méritos. 82. Berta Alicia Valenzuela Cortés fue detenida en Santiago el 7 de septiembre de 1993 por tres individuos sospechosos de pertenecer a los servicios de inteligencia; trasladada a un lugar que no pudo identificar habría sido sometida a interrogatorio a propósito de su supuesta vinculación con el Movimiento Juvenil Lautaro, al tiempo que era golpeada, amenazada de muerte y violada; al cabo de unas horas fue puesta en libertad. El Gobierno informó que no existe registro de que esta persona haya sido detenida por alguna de las policías. 83. Claudio Williams Andrade Carreño fue detenido el 12 de octubre de 1993 en Santiago por funcionarios policiales; trasladado a la subcomisaría San José de Maipo habría sido sometido a numerosos golpes a consecuencia de los cuales debió ser intervenido quirúrgicamente algunos días después. El Gobierno informó que un cabo de carabineros fue sancionado disciplinariamente. La causa penal está siendo considerada por la Sexta Fiscalía Militar de Santiago. 84. Maria Eva Polanco Vilches fue detenida en Santiago el 11 de diciembre de 1993 por un grupo de carabineros, quienes le habrían doblado los brazos y ejercido una fuerte presión con sus pulgares en manos y antebrazos, provocándole -según diagnóstico médico- contusiones en el antebrazo derecho y esguince en pulgar derecho. A continuación fue conducida a una comisaría donde también habría sido golpeada; horas después el propio personal de carabineros la trasladó a un centro de salud donde debió ser enyesada. El Gobierno informó que carabineros no tiene antecedentes que corroboren la denuncia presentada. La Cuarta Fiscalía Militar conoce la causa. 85. Mauricio Agustín Villegas Guzmán fue detenido por carabineros el 21 de noviembre de 1993 en Santiago cuando conducía un vehículo sin la documentación respectiva y bajo la influencia de alcohol; trasladado a la 13a. comisaría habría sido severamente golpeado. Al ser dejado en libertad acudió al hospital donde se le diagnosticó contusión abdominal, contusión renal, hematuria macroscópica y peritonitis con ruptura vesical. El Gobierno informó

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