contradice en absoluto la afirmación del autor de que interesaba a las autoridades por
haber escapado del trabajo de desminado o por haber actuado en la resistencia o por una
combinación de ambos factores.
11.2. En relación con las actividades del autor en la resistencia, el abogado pone en duda
que las personas de diferentes organizaciones de derechos humanos y del ACNUR a que
se refiere el Estado Parte puedan tener necesariamente conocimiento de las actividades de
un pequeño grupo de resistencia anticomunista que actuaba en Nha Trang hace 14 años.
11.3. El abogado rechaza la indicación del Estado Parte de que la historia del autor sobre
su huida y el tiroteo acaecido durante ella haya ido escalando "con el tiempo". Según el
abogado lo que escaló fueron más bien las preguntas durante las diferentes entrevistas, y
recuerda que durante la entrevista inicial con la policía en 1991 no se le pidió al autor
pormenores sobre su huida. El abogado pone en duda además la afirmación del Estado
Parte de que no hay pruebas de que la policía haya dado una orden de búsqueda y captura
del autor y recuerda al Comité la negativa inicial de las autoridades vietnamitas a aceptar
la repatriación de los autores porque habían cometido delitos en Viet Nam antes de su
huida.
11.4. El abogado afirma que sería imposible que el autor presentara pruebas aparte del
certificado médico en apoyo de su denuncia, habida cuenta de las circunstancias de su
huida. El abogado afirma que no sería apropiado que el autor se pusiera en contacto con
las autoridades vietnamitas pidiendo pruebas documentales sobre distintos aspectos y que
la policía, por motivos evidentes, no suministrará pruebas escritas de que hubo tortura.
11.5. Por último el abogado se refiere a las observaciones complementarias del Estado
Parte de 5 de octubre de 1999 donde se dice que el autor no tiene antecedentes penales en
Viet Nam y afirma que esto concuerda con la declaración del autor de que ningún
tribunal vietnamita le juzgó por ningún delito.
Otras observaciones del Estado Parte
12.1. En su comunicación complementaria de 8 de febrero de 2000 el Estado Parte aclara
que no hubo nunca ninguna negativa de Viet Nam a aceptar la repatriación de los autores.
El Estado Parte agrega que durante muchos años ha tenido dificultades al intentar
repatriar a ciudadanos vietnamitas y que la aceptación por las autoridades vietnamitas fue
consecuencia de largas conversaciones celebradas entre los dos países interesados
relativas a un gran número de casos de repatriación.
12.2. El Estado Parte declara que la Embajada de Suecia en Hanoi ha confirmado que si
bien el idioma vietnamita tiene diferentes dialectos con diferencias de pronunciación y a
veces de vocabulario estas diferencias no tienen importancia mayor. El Estado Parte
recuerda además que el idioma escrito es el mismo en todas las partes del país.
12.3. Por último, en relación con la afirmación del Sr. V. X. N. de que corre riesgo de
sufrir malos tratos por un particular el Estado Parte desea subrayar que no se han
presentado pruebas indicativas de que las autoridades vietnamitas serían incapaces de
ofrecer al autor una protección adecuada contra este trato. El Estado Parte declara que la
jurisprudencia citada por el abogado a este respecto se refiere ú nicamente al Convenio
Europeo de Derechos Humanos y no es aplicable a la Convención contra la Tortura.
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