A/HRC/4/33/Add.2
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338.
Recommendation (p) stated: The Government is invited to consider favourably
making the declaration contemplated in article 22 of the Convention against Torture and
other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment, whereby the Committee
against Torture could receive individual complaints from persons alleging non-compliance
with the terms of the Convention. It is also invited similarly to consider ratifying the
Optional Protocol to the International Covenant on Civil and Political Rights so that the
Human Rights Committee could receive individual complaints.
339.
According to information received from NGOs and other sources, the Government has
not made a declaration on article 22 CAT, nor has it ratified the Optional Protocol to the ICCPR.
340.
Recommendation (q) stated: The United Nations Voluntary Fund for Victims of
Torture is invited to consider sympathetically requests for assistance by non-governmental
organizations working for the medical needs of persons who have been tortured and for the
legal redress of their grievances.
341.
According to information received from NGOs and other sources, a number of NGOs
concerned with assistance of torture victims have benefited from this fund.
México
342.
Seguimiento dado a las recomendaciones del Relator Especial reflejadas en su informe
sobre su visita a México en agosto de 1997 (E/CN.4/1998/38/Add.2, párr. 88).
343.
Por carta con fecha 1.º de de noviembre de 2006, el Gobierno proporcionó información
sobre la implementación de las recomendaciones del Relator Especial, la cual complementa la
información enviada anteriormente (véase por ej. E/CN.4/2006/6/Add.2, párrs. 159 a 203 y
E/CN.4/2005/62/Add.2, párrs. 59 a 91).
344.
El Relator Especial acoge con satisfacción la ratificación del Protocolo Facultativo de
la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Igualmente, el Relator Especial destaca la importancia del trabajo de la Comisisón Nacional de
Derechos Humanos e insta al Gobierno a que continue realizando esfuerzos para implementar las
recomendaciones de dicha institución. De otra parte, el Relator Especial señala que le gustaría
recibir información más detallada y clara sobre su recomendación con relación a que los delitos
graves perpetrados por personal militar contra civiles, incluida la tortura, deben ser conocidos
por la justicia civil, con independencia de que hayan ocurrido en acto de servicio. Asimismo, el
Relator Especial llama la atención sobre la Recomendación General N.° 10 de noviembre de
2005 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en la cual se advierte que algunos
servidores públicos encargados de la seguridad pública, tanto del ámbito de la prevención del
delito, de la procuración de justicia, como de la etapa de ejecución de penas, aun recurren a la
tortura. Finalmente, el Relator Especial desea expresar su profunda preocupación por las
denuncias de presuntos actos de tortura y uso excesivo de la fuerza en contra de manifestantes en
San Salvador de atenco y en el Estado de Oaxaca en el 2006.
345.
La recomendación a dice: Se insta encarecidamente a México a que examine la
posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos y hacer la declaración prevista en el artículo 22 de la Convención contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, para permitir así el
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