A/HRC/25/60/Add.2 That report also called on States to abolish the use of the death penalty for persons with mental disabilities; to end the practice of secret executions; and to end the practice of executions with little or no prior warning given to condemned prisoners and their families. The Special Rapporteur encourages the Government to continue its engagement with the mandate. Bolivia (a) AL 18/09/2013 Case No. BOL 2/2013 State Reply: 20/09/2013 Revisión del Código Penal concerniente a la penalización del aborto. 30. El Relator Especial agradece al Gobierno de Bolivia por su respuesta, de fecha 20 de septiembre del 2013, a la comunicación conjunta con otros procedimientos especiales. En particular la comunicación hacía referencia a la revisión de los artículos 263 a 269 del Código Penal por parte del Tribunal Plurinacional Constitucional de Bolivia, concerniente a la penalización del aborto. El Relator Especial expresa gran preocupación sobre las consecuencias que conlleva la penalización de dicho servicio de salud sexual y reproductiva. En este contexto, hace referencia a su informe temático (A/HRC/22/53), en el que concluye que práctica de negar servicios reproductivos cuando el aborto está legalmente disponible incrementa de facto el número de abortos inseguros, exponiendo a las mujeres a consecuencias graves y duraderas para su salud física y mental, incluyendo el riesgo de muerte y discapacidad. El Relator celebra el proyecto de ley No. 348 y los nuevos mecanismos de prevención, protección y reparación a las víctimas de violencia sexual; violencia contra los derechos reproductivos; violencia contra los derechos y libertad sexual, así como, la violencia en servicios de salud. En el caso particular de los mecanismos en contra de la violencia en servicios de salud, el Relator Especial quisiera destacar que el Estado define la falta de acceso a la atención eficaz e inmediata y la información oportuna como, “un acto discriminante, humillante y deshumanizado”. En este contexto, reitera que en los casos en que el aborto es el único medio disponible para evitar un peligro contra la vida o la salud de la mujer, el requisito de autorización judicial establecido por el Código Penal constituye un impedimento real y considerable al acceso de la mujer al aborto. El Relator Especial insta al Gobierno de Bolivia a asegurar mayor coherencia legislativa entre los mecanismos antes mencionados, facilitando el acceso a servicios de aborto y la atención posaborto con el fin de poner fin a la violencia en servicios de salud. El Relator Especial expresa complacencia por las conclusiones de la cumbre “Encuentro Plurinacional para Profundizar el Proceso de Cambio”, en las que se plantea la necesidad de elaborar un proyecto de ley sobre los derechos sexuales y reproductivos, y exhorta al Gobierno a implementar dicho proyecto con el objetivo de velar por la integridad física y emocional de la mujer. Cambodia (a) JUA 01/10/2013 Case No. KHM 1/2013 State reply: None to date Alleged indiscriminate and excessive use of force against individuals in the margins of peaceful protests that led to the death of one person, several injured, and the arrests of at least six individuals. 31. The Special Rapporteur regrets that the Government of Cambodia has not responded to this communication, thereby failing to cooperate with the mandate issued by the Human Rights Council. The communication referred to events that occurred during a demonstration held by the Cambodian National Rescue Party (CNRP) in Phnom Penh on 15 September 2013. During the course of the demonstration, a group of rioters allegedly became frustrated by police roadblocks and spontaneously began to violently attack police forces 21

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