E/CN.4/1996/35/Add.1 page 104 detenidos, la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, el funcionamiento del Consejo Nacional de la Magistratura y la aprobación de la Ley orgánica de la defensoría del pueblo. Además el Congreso está considerando un proyecto de ley para indemnizar a los deudos de víctimas de violaciones de derechos humanos. 555. Según el Gobierno, la Ley de amnistía fue dada por el Congreso amparándose en los artículos 102.6 y 139.13 de la Constitución, que otorga al Congreso la facultad de conceder la amnistía y le atribuye el status de cosa juzgada, siendo equivalente al fallo de la máxima autoridad judicial. Por otro lado, la Constitución establece que los tratados internacionales ratificados por el Perú son parte del derecho nacional y, por lo tanto, sujetos al orden constitucional como el resto del ordenamiento legal. Así pues, la facultad constitucional que tiene el Congreso de conceder la amnistía no sólo no contradice los tratados en la materia, sino que éstos no prohíben expresamente la aplicación de los artículos 102 y 139 de la Constitución. Seguimiento de casos transmitidos anteriormente 556. El 26 de septiembre de 1994, el Relator Especial envió un llamamiento urgente al Gobierno en favor de María Elena Foronda y Oscar Díaz Barboza, quienes habrían sido detenidos en virtud de la legislación antiterrorista el 13 de septiembre de 1994. El 16 de enero de 1995, el Gobierno informó que el proceso investigativo se realizó de conformidad con los procedimientos legales y policiales pertinentes, no habiéndose producido maltrato alguno. 557. En 1993 el Relator Especial transmitió los casos de Alberto Calipuy Valverde y Rosenda Yauri Ramos, presuntamente fallecidos en Angasmarca, Santiago de Chuco a causa del trato que les fue infligido por parte de los militares. Con fecha 6 de octubre de 1995, el Gobierno informó que en el marco del proceso seguido contra el Mayor José Mayor Vázquez por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud de los arriba mencionados, el Tribunal Supremo Militar Especial concedió el beneficio de amnistía previsto en la Ley 26479 al acusado. Philippines Information transmitted to the Government 558. By letter dated 18 September 1995 the Special Rapporteur advised the Government that he had received allegations of torture or ill-treatment in the cases described in the following paragraphs. 559. Ruben Palmones was reportedly approached on 10 August 1994 by a group of Philippine Army soldiers who presented themselves to him as members of the insurgent New Peoples Army (NPA) and asked him to join them. When he refused, the soldiers allegedly tied his hands with a nylon cord, struck him on the back repeatedly with a rifle butt and kicked him on various parts of his body. He was interrogated at the 22nd Infantry Battalion camp in Cabaran Pequeno, Camalig, Albay, and has since fled his home and taken refuge with relatives for fear of further abuse.

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