CAT/OP/MEX/2/Add.1 El Subcomité urge el Estado parte a adoptar las medidas necesarias para crear, y donde existan, fortalecer mecanismos de control y supervisión internos y externos de todos los órganos que posean facultades para privar a las personas de su libertad y para garantizar que esos mecanismos implementen un enfoque proactivo que permita prevenir, detectar y sancionar de manera efectiva los actos de tortura y los malos tratos cometidos al momento de la privación de la libertad, durante el traslado y al ingreso a los lugares de detención. 22. Al respecto, la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario emitió el Protocolo para la Prevención de la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes a las Personas Privadas de la Libertad, con el cual se fortalecen las acciones llevadas a cabo por el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS) a fin de prevenir y detectar posibles actos de tortura y malos tratos. Dicho Protocolo se encuentra en proceso de aplicación. 23. Con el propósito de sensibilizar al personal de la Procuraduría General de la República (PGR), se seleccionaron párrafos de la Nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, publicada el 26 de junio de 2017 y se elaboraron materiales gráficos para ser difundidos a través del portal “PARA TI”, la cual comenzó a transmitirse los martes y jueves de cada semana y en cuyo contenido se incluyen mensajes a víctimas y se pone a disposición de la audiencia un número telefónico de denuncia, en caso de que un servidor público cometa el delito de Tortura. 24. Asimismo, a fin de promover diversas estrategias de atención a la población privada de la libertad en lugares de detención e internamiento, el MNPT implementó el plan de acción denominado “Espacio de oportunidad para el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y la prevención de la tortura”, cuyo objetivo radica en realizar reuniones de trabajo con servidoras y servidores públicos de primer contacto con la población interna, para fortalecer la sensibilización como una herramienta de prevención eficaz. El Subcomité recomienda que el Estado parte fortalezca las actividades de formación y capacitación de todos los agentes federales, estatales y municipales que posean facultades para privar a personas de su libertad y/o que puedan intervenir en la custodia, traslado, interrogatorio o tratamiento de las personas sometidas a cualquier forma de privación de libertad, incluyendo menores de edad y migrantes, sobre las disposiciones de la Convención contra la Tortura y sobre el uso racional y proporcionado de la fuerza. Asimismo, debe elaborar y aplicar una metodología para evaluar la eficacia de las actividades de formación y capacitación. 25. El OADPRS, consciente de la necesidad de contar con servidoras y servidores públicos capacitados en la materia, incluyó dentro de su programa de capacitación el Curso de Combate y Prevención de la Tortura, mismo que se imparte con el apoyo de la Procuraduría General de la República. 26. Durante el 2017, se capacitó a 2,591 servidores públicos del OADPRS en materia de prevención de la tortura y Protocolo de Estambul. 27. Por su parte, la Secretaría de Marina (SEMAR), en coordinación con la PGR, brindaron cursos de capacitación en la materia, mediante los cuales se capacitó a 663 elementos en temas de desaparición forzada de personas, tortura, detención ilegal y derechos humanos de migrantes. Del 1° de diciembre de 2012 al 30 de junio de 2017, se ha capacitado a 2,516 efectivos. 5

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