E/CN.4/2004/56/Add.3
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estándares internacionales de protección de los derechos fundamentales de las personas. Para
tales efectos, la PGR buscó el apoyo de los más destacados expertos médicos que crearon el
Protocolo de Estambul para que éstos capacitaran al personal medicoforense de la misma
institución en la documentación de la tortura física y psicológica, así como en el maltrato.
178. La recomendación m) dice: Debe apoyarse la iniciativa de la Comisión Nacional de
Derechos Humanos para mejorar la ley relativa a la indemnización de las víctimas de
violaciones de los derechos humanos.
179. De acuerdo con la información transmitida por fuentes no gubernamentales, no se habrían
tomado las medidas necesarias para implementar esta iniciativa. En la agenda legislativa, no
existiría una prioridad sobre la reparación del daño en casos de violaciones de los derechos
humanos.
180. El Gobierno informó de que el 14 de noviembre de 2002 se aprobó la Ley Federal de
responsabilidad patrimonial del Estado en la Cámara de Senadores, reformando el artículo 113
constitucional para establecer la responsabilidad directa y objetiva del Estado en el caso de
actividades administrativas irregulares que afectan a particulares. No obstante, en el seno de la
Comisión de Política Gubernamental se consideró que dicha reforma no contemplaba de manera
satisfactoria la esfera de los derechos humanos y no lograba adecuarse a diversos preceptos
internacionales, por lo que se hicieron las enmiendas necesarias y se presentó un nuevo proyecto
de iniciativa de ley a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, donde se negociaba
para poder ser formalmente introducida en el Congreso para su aprobación. En ese sentido, la
CNDH aportó diversos elementos para la construcción de la propuesta referida, en el seno de la
Comisión de Política Gubernamental en materia de Derechos Humanos, con fin de mejorar la
Ley Federal de responsabilidad patrimonial de Estado existente. Por último, el Gobierno
subrayó que la CNDH es un órgano autónomo de poder federal, por lo que no tiene la facultad de
presentar iniciativas de ley al Congreso de la Unión. En todo caso, puede negociar sus
propuestas con las comisiones del Congreso para que éstas las hagan suyas y las presenten como
iniciativas ante el Congreso.
181. La recomendación n) dice: Habida cuenta del escaso celo con que el Ministerio
Público enjuicia los delitos cometidos por funcionarios públicos, debería estudiarse la
posibilidad de establecer una procuraduría independiente encargada de esos
enjuiciamientos, nombrada tal vez por el Congreso y responsable ante éste.
182. De acuerdo con la información transmitida por fuentes no gubernamentales, no ha habido
cambios al respecto desde la visita del Relator Especial. La Procuraduría seguiría dependiendo
en gran medida del poder ejecutivo.
183. El Gobierno informó de que para combatir los abusos que en materia de delitos
cometidos por servidores públicos se habían presentado en la Administración Pública Federal, se
crearon a partir del 30 de julio de 2002, mediante acuerdo Nº A/068/02 del Procurador General
de la República, las Unidades de protección a los derechos humanos en las diversas unidades
sustantivas de la PGR, mismas que vigilan el desempeño ministerial y policial, especialmente en
el trato de los detenidos, así como las condiciones de ingreso y permanencia en los lugares de
detención. Asimismo, es importante destacar que por decreto de 22 de diciembre de 1990,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 1991 y vigente según el
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