A/HRC/34/54/Add.4
I.
Introducción
1.
El Relator Especial sobre la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes
visitó México del 21 de abril al 2 de mayo de 2014. Posteriormente efectuó
recomendaciones específicas para eliminar la tortura y los malos tratos, revertir la
impunidad y garantizar la reparación integral de las víctimas.
2.
A pesar de haber tenido reuniones con los agentes diplomáticos de México para
agendar una visita de seguimiento, el Relator Especial lamenta no haber podido realizar su
visita antes de que concluyera su mandato. El gobierno mexicano arguyó que no era posible
realizar la visita ya que se tenían agendadas otras misiones de organismos internacionales
de derechos humanos. No obstante, acogemos de forma positiva la voluntad del gobierno
para que el próximo Relator pueda realizar una visita.
3.
Sin embargo, mediante un cuestionario de seguimiento sobre las recomendaciones
más relevantes del informe de misión se realizó una consulta al Estado, a 54 organizaciones
de la sociedad civil, y a las 33 Comisiones de Derechos Humanos.
4.
El Relator agradece a México por poner en nuestro conocimiento las acciones, la
legislación e iniciativas encaminadas a la prevención y erradicación de la tortura. También
desea agradecer a las organizaciones de la sociedad civil, defensores y comisiones de
derechos humanos por su apoyo en la preparación de este informe. Una vez más, el Relator
expresa su solidaridad con las víctimas y sus representantes.
5.
El Relator lamenta haber recibido el 13 de febrero de 2017 la respuesta tardía del
Gobierno sobre el borrador que fue enviado para sus comentarios el 16 de noviembre de
2016. En consecuencia, las observaciones presentadas por el Gobierno no pudieron ser
tomadas en cuenta para este reporte. De igual forma, en los Anexos del presente
reporte podrán encontrarse la Respuesta y Comentarios del Gobierno de Mexico publicado
por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
6.
El Relator Especial espera que las conclusiones y recomendaciones de este informe
de seguimiento le sirvan al Gobierno de México como una guía adicional a las
recomendaciones realizadas anteriormente para profundizar el trabajo en materia de
prevención y erradicación de la tortura y los malos tratos.
II. Legislación
A.
Prohibición de la tortura en la legislación nacional
7.
Luego de la visita a México en 2014 el Relator le recomendó al Estado expedir una
Ley General en materia de Tortura que tipificara la tortura de conformidad con los
estándares internacionales más amplios. En junio de 2015 se reformó la Constitución para
habilitar al Congreso Federal a emitir dicha ley general. A invitación del Senado, el Relator
visito México en Abril de 2016 y dialogó extensamente con sus miembros sobre el proyecto
de Ley General entonces bajo consideración. De igual forma, tuvo una reunión con
integrantes de la Cámara de Diputados en agosto de 2016.
8.
El Senado aprobó el 29 de abril de 2016 un Proyecto de Ley General para Prevenir,
Investigar y Sancionar los Delitos en materia de Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes, proyecto que pasó a la Cámara de Diputados para su discusión y
eventual aprobación. Además resalta el hecho de que se haya realizado una consulta pública
a la sociedad civil y a especialistas para que comentaran e intervinieran en el proceso de
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