E/CN.4/1996/35/Add.1 page 101 amenazado para que no continuara haciendo denuncias de abusos por parte de los militares. El Gobierno informó que se desconoce el paradero actual de esta persona. 543. También el 13 de abril de 1995 el Relator Especial volvió a transmitir al Gobierno el caso de María Elena Loayza Tamayo, detenida en Lima el 6 de febrero de 1993 y presuntamente sometida a tortura por miembros de la DINCOTE. En el curso de 1994 el Gobierno respondió que había sido interrogada el 15 de febrero en presencia de su abogado y que nunca se había quejado de haber sido torturada; el examen médico efectuado antes del 15 de febrero no reveló la existencia de tortura. Información adicional recibida por el Relator Especial de los denunciantes indicó que María Elena Loayza estuvo incomunicada del 6 al 15 de febrero. Que el 15 de febrero, fecha en que se llevó a cabo su manifestación policial, recién pudo su abogada verla, sin que hubiera podido entrevistarse previamente con ella, y desconociendo no sólo los hechos, sino la circunstancia de la detención y las condiciones de la misma. Posteriormente, cuando su abogada tomó conocimiento de los hechos informó de los mismos al fiscal adjunto de la 43 Fiscalía Penal de Lima. María Elena Loayza también informó de los hechos relativos a la tortura a delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja que la visitaron a finales de marzo de 1993 en el centro penitenciario de mujeres de Chorrillos. El Gobierno informó a este respecto que en declaración efectuada en presencia de su abogado la Sra. Loayza nunca manifestó haber sido torturada. 544. Con fecha 10 de julio de 1995, el Relator Especial transmitió al Gobierno los casos siguientes. 545. Jhoel Huamán García fue detenido el 26 de mayo de 1995 en Pasco por efectivos de la policía nacional. El 27 de mayo, sus familiares fueron informados en la dependencia policial que había sido trasladado al hospital Daniel Alcices Carrión, mientras que personal de éste les señaló que había llegado muerto a dicho centro. En una primera diligencia de necropsia efectuada en este hospital los médicos concluyeron que no se podían determinar las causas de la muerte. El 31 de mayo, sin embargo, se realizó una segunda necropsia en la que se determinó como causa traumatismo múltiple por efecto contundente. El Gobierno informó que los efectivos policiales involucrados en la muerte de esta persona fueron pasados a la situación de disponibilidad como medida disciplinaria y denunciados ante la fiscalía provincial de Pasco. También se estableció la responsabilidad del comandante de la unidad correspondiente, habiéndose impuesto sanción disciplinaria. 546. Justiniano Hurtado Torres, 64 años, fue detenido el 27 de noviembre de 1994 en el caserío de San Pedro de Chio, Huánuco, por personal de la marina de guerra. Durante tres días que habría permanecido en la base militar de La Aguaytía habría sido sometido a torturas tales como ser colgado con las manos amarradas hacia atrás y ser sumergido en un pozo de agua. El 30 de noviembre fue entregado a la policía nacional de La Aguaytía. El 11 de diciembre fue trasladado al centro de salud en estado de coma, falleciendo unas horas después. Al ser entregado el cadáver a la familia se habría constatado que tenía fractura en la muñeca y en el hombro izquierdos así como otras marcas de tortura. El Gobierno afirmó que, durante su permanencia en la Delegación de la policía nacional, el Sr. Hurtado fue tratado adecuadamente; su fallecimiento se debió a causas naturales.

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