E/CN.4/1996/35/Add.1
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611. José Francisco Lizaso Azkonobieta fue detenido el 5 de junio de 1994 en
su domicilio de Usurbil, Guipuzcoa, por miembros de la guardia civil que lo
trasladaron al cuartel del Antiguo, San Sebastián. En este lugar habría sido
sometido a interrogatorio, en el curso del cual habría sido golpeado y se le
habría colocado una bolsa de plástico en la cabeza para impedirle respirar.
Algunas horas después fue trasladado a las dependencias de la Dirección
General de la guardia civil en Madrid, donde habría recibido un trato similar
al descrito (corriente eléctrica, golpes, flexiones, etc). El Gobierno
informó que se habían practicado varios informes médicos, concluyendo los
mismos que existían lesiones recientes. En base a ellos y al del médico
forense del juzgado de instrucción Nº 2 de San Sebastián conforme al cual no
se podía determinar la etiología ni el mecanismo de producción de las lesiones
el juzgado acordó sobreseer el caso. Ahora bien, la sección segunda de la
Audiencia Nacional revocó el auto de sobreseimiento y ordenó se tomara
declaración a los guardias civiles que intervinieron en la detención,
interrogatorio y traslado del Sr. Lizaso.
612. María Encarnación Martínez Fernández fue detenida en su domicilio de
Usurbil, Guipuzcoa, el 5 de junio de 1994, por miembros de la guardia civil.
Pocas horas después fue trasladada a dependencias de la Dirección General de
la guardia civil en Madrid, donde habría sido repetidamente golpeada, se le
habría colocado una bolsa de plástico en la cabeza y habría recibido descargas
eléctricas. Tres días más tarde el juez de la Audiencia Nacional decretó su
puesta en libertad sin cargos. A consecuencia del trato recibido tuvo que ser
ingresada en el Hospital Provincial de Guipuzcoa el día 10 de junio,
permaneciendo allí hasta el 14 del mismo mes.
613. José Ramón Díaz Sanz y Emilio Collazos Vega fueron detenidos el 2 de
marzo de 1994 en Vitoria después de que intentaran atracar un banco.
Trasladados a las dependencias policiales habrían recibido, durante
aproximadamente tres horas, una gran cantidad de golpes violentos. También
habrían recibido amenazas para que no denunciaran ante el juez el trato de que
habían sido objeto. El Gobierno informó que, según informe del médico
forense, los detenidos presentaban lesiones leves. El Juzgado de Instrucción
Nº 2 de Vitoria-Gasteiz decidió incoar diligencias previas, en el marco de las
cuales se han venido practicando ruedas de reconocimiento y dos policías han
prestado declaración como imputados.
614. Sebastián Prieto Jurado fue detenido el 18 de diciembre de 1994 en
Atarrabia (Nafarroa), por miembros de la guardia civil que lo trasladaron
primeramente a la Comandancia de Iruñea y posteriormente a la Dirección
General de la guardia civil en Madrid. Según informó a sus abogados, sufrió
tirones de pelo, fuertes golpes en la cabeza y en el resto del cuerpo,
intentos de asfixia con una bolsa de plástico colocada en la cabeza y
descargas eléctricas. A consecuencia del trato recibido habría sido ingresado
en el Hospital Universitario San Carlos de Madrid primero y posteriormente en
el Hospital Penitenciario de Carabanchel.
615. Iñaki Cañas Cartón fue detenido en las mismas circunstancias que
Sebastián Prieto Jurado. También habría sufrido golpes, intentos de asfixia y
descargas el��ctricas primeramente en la comandancia de Iruñea, Pamplona, y con
posterioridad en la Dirección General de Madrid. En este último lugar se le
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