A/HRC/19/61/Add.4
Convención contra la Tortura, han sido vulnerados. El Relator Especial exhorta al Gobierno
de México a asegurar la investigación, procesamiento y eventual condena de los
responsables, e insta al Gobierno que proporcione información en cuanto a las medidas que
hayan sido tomados, así como a las medidas de protección adoptadas por parte de las
autoridades para garantizar la seguridad de la Sra. Cabañas Ayala.
(g) JUA 02/09/2011 Case No. MEX 18/2011 State reply: None to date Presunta tortura,
malos tratos y riesgo de desaparición forzada de un menor.
111. El Relator Especial lamenta que, hasta la fecha, el Gobierno de México no haya
respondido a esta comunicación de fecha 2 de septiembre de 2011, que se refería a los
presuntos actos de tortura, amenazas de muerte y otros malos tratos contra menores por
agentes de la Secrataria de la Defensa Nacional. En este contexto, en el espíritu de
cooperación, el Relator Especial reitera al Gobierno la importancia del párrafo 1 de la
Resolución 16/23 del Consejo de Derechos Humanos. Además, el Relator Especial desea
hacer referencia al Gobierno a los artículos 7 y 12 de la Convención contra la Tortura en
relación al deber del Gobierno de investigar los asesinatos, así como al párrafo 7(b) de la
Resolución 16/23 del Consejo de Derechos Humanos. Ante la ausencia de evidencia
contradictoria, el Relator Especial estima que los derechos de las víctimas, consagrados en
la Convención contra la Tortura, han sido vulnerados. El Relator Especial exhorta al
Gobierno de México a asegurar la investigación, procesamiento y eventual condena de los
responsables de los hechos de este caso, y reitera su solicitud al Gobierno para que
proporcione información detallada acerca de cualquier investigación que haya llevado a
cabo al respecto.
(h) JUA 23/09/2011 Case No. MEX 19/2011 State reply: 18/01/2012 Alegaciones de
detención arbitraria y tortura.
112. El Relator Especial agredece al Gobierno de México por su atenta respuesta, de
fecha 18 de enero de 2012, a esta comunicación. Dicha comunicación se refería a la
presunta tortura del Sr. Israel Arzate Meléndez mientras habría estado detenido bajo la
custodia de elementos militares y la supuesta negativa del poder judicial a investigar las
denuncias de tortura. El Relator Especial expresa su complacencia al Gobierno de México
por las acciones tomadas en relación con los hechos de la comunicación, en particular la
integración de una averiguación en contra los supuestos perpetradores; los servicios
médicos, psicológicos y de rehabilitación proporcionados al Sr. Arzate Meléndez; y las
medidas tomadas para prevenir la repetición de los hechos denunciados. Sin embargo, el
Relator Especial lamenta la demora en el lanzamiento de una investigación sobre las
denuncias. El Relator Especial agradece al Gobierno de México por su respuesta a estos
hechos y solicita al Gobierno que lo mantenga informado de los resultados de la
averiguación mencionada en su respuesta, incluso los resultados de cualquier proceso
judicial que se lleve a cabo al respecto.
Morocco
(a) JAL 03/02/2011 Case No. MAR 1/2011 State reply: None to date Allégation de torture et
de mauvais traitements par les forces de sécurité.
113. Rapporteur spécial regrette, au moment de la finalisation du présent rapport,
l‟absence de réponse de la part du Gouvernement du Maroc à la communication envoyée le
3 Février 2011 concernant l‟allégation de torture et de mauvais traitements par les forces de
sécurité. Selon les informations reçues, des forces de sécurité marocaines seraient entrées
dans le camp Gdeim Izik situé au Sahara occidental, auraient démantelé le camp, ce qui
aurait conduit à un affrontement violent entre les résidents du camp et les forces de sécurité.
On est indiqué que des personnes sahraouies auraient fait l‟objet d‟actes de torture et de
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