A/HRC/4/33/Add.2
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112.
El Gobierno informó que al igual que en el 2005, en el 2006 el aporte de Chile al Fondo
de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura será de
10.000 dólares . Con relación al apoyo del Gobierno a organizaciones no gubernamentales, se
indica que ya se ha proporcionado información en años anteriores.
113.
La recomendación s dice: El Gobierno y el Congreso deberán prestar especial
atención, como cuestión prioritaria, a las propuestas (algunas de las cuales están sometidas
actualmente al Congreso) encaminadas a reformar el Código de Enjuiciamiento Criminal.
En particular, debe encargarse a un servicio de enjuiciamiento independiente del Gobierno
(Ministerio Público) la tramitación de las causas con miras a la adopción de la
correspondiente decisión judicial. Hay que establecer condiciones de igualdad entre el
Ministerio Público y la defensa.
114.
El Gobierno reitera que el nuevo Código Procesal Penal se encuentra vigente en todo
el país con el pleno funcionamiento del Ministerio Público y de la Defensoría Penal Pública.
115.
La recomendación t dice: El Gobierno debe considerar la posibilidad de someter al
Congreso propuestas acerca del establecimiento de una institución nacional para la
promoción y protección de los derechos humanos. Cuando se proceda a la elaboración del
correspondiente proyecto de ley, es preciso prestar atención a los principios referentes a
la condición jurídica de las instituciones nacionales establecidas por la Comisión de
Derechos Humanos por su resolución 1992/54, de 3 de marzo de 1992, y aprobadas por la
Asamblea General.
116.
Según informó el Gobierno en 2006, actualmente se tramitan en el Congreso Nacional
iniciativas legales destinadas a crear el Defensor Ciudadano y el Instituto Nacional de Derechos
Humanos. Esta última ya cumplió su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados
(véase E/CN/.4/2006/6/Add.2, párr. 156).
117.
La recomendación u dice: Todas las denuncias de torturas practicadas desde
septiembre de 1973 deberían ser objeto de una investigación pública exhaustiva, similar a
la realizada por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación respecto de las
desapariciones forzadas y las ejecuciones extrajudiciales. Cuando las pruebas lo
justifiquen -y, dado el período de tiempo transcurrido desde las peores prácticas del
gobierno militar, ello sería sin duda raro-, los responsables deberían comparecer ante la
justicia, salvo en los casos en que los delitos hayan prescrito (prescripción).
118.
El Gobierno indica que en el 2005 proporcionó información detallada con relación al
funcionamiento de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
China
Follow-up to the recommendations made by the Special Rapporteur in the report of his visit to
China in November 2005 (E/CN.4/2006/6/Add.6).
119.
By letter dated 20 September 2006, the Government provided information on the
follow-up measures taken.
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