A/HRC/7/3/Add.2
page 25
análisis balístico para obtener todas las pruebas posibles en cada caso que se
investigue.
115.
Según fuentes no gubernamentales en el último año se hallaron más de 80 fosas
comunes que contenían los restos de unas 200 personas asesinadas por grupos
paramilitares. Sin embrago, se afirma que siguen sin localizarse los restos de por lo
menos 3.000 víctimas de desaparición forzada. Organizaciones no gubernamentales
advierten que algunas exhumaciones pudieron haberse realizado de manera
inapropiada. Estas organizaciones señalan que la mayoría de los asesinatos cometidos
por los grupos paramilitares son precedidos de torturas y por ello destacan la
importancia de que a todos los restos óseos hallados se les haga la reconstrucción de los
hechos y los exámenes forenses necesarios para que se puedan documentar
apropiadamente las marcas de las señales de tortura.
116.
El Gobierno Colombiano informa que en el contexto de la Ley de Justicia y Paz
(Ley 975 de 2005) se ha llevado a cabo un alto número de exhumaciones de fosas
clandestinas, que llegan a cuantificar alrededor de mil individuos recuperados en estado
de restos óseos. La orientación respecto al lugar de los hechos se obtuvo, y se obtiene
actualmente, de las declaraciones de quienes se acogen al programa de desmovilización.
El Gobierno también informa que no es fácil realizar y ejecutar la planeación de cada
exhumación debido a múltiples factores, como las difíciles condiciones en el terreno, el
número de cuerpos en cada fosa y el volumen de casos impredecible con suficiente
antelación, ya que esto sólo se conoce al momento de la declaración. Estas exhumaciones
efectivamente han sido llevadas a cabo por antropólogos y sus asistentes de terreno,
topógrafos, fotógrafos etc., los restos óseos han sido enviados a los laboratorios de
antropología del DAS, el CTI y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias
Forenses. También se ha obtenido información, y en muchos casos –cuando se sabe
quienes son los afectados- se han tomado muestras biológicas a las familias de las
personas desaparecidas para posible cotejo de ADN.
117.
El Gobierno señala que si bien es cierto que es alto el volumen de información
útil para identificar –procedente de ambas vertientes, familiares sobrevivientes y restos
óseos- y que no todos los equipos de recolección y búsqueda de esta información
alcanzan el más alto nivel de experticia, lo que produjo en un principio dificultades y
lentitud al momento de cruzar la información de personas desaparecidas con los hallazgos
en los restos óseos, no es menos cierto que se han ido corrigiendo lentamente los
problemas presentados a través del aprendizaje de todos los involucrados y, que en
general, existen suficientes registros escritos y evidencias físicas preservadas (restos
óseos, prendas, muestras de sangre, fotografías) para proceder a verificar y corregir
imprecisiones en relación con la identificación del cadáver, labor que podrá desarrollarse
a mediano y largo plazo. Simultáneamente el Instituto Nacional de Medicina Legal y
Ciencias Forenses, entidad adscrita a la Fiscalía General de la Nación, ha alcanzado otros
desarrollos relacionadas con este tema dentro de los cuales vale destacar:
-
Bajo los lineamientos y requerimientos obtenidos de las discusiones y peticiones
realizadas por las instituciones integrantes de la Comisión de Búsqueda de Personas
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents