A/HRC/7/3/Add.2
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Desaparecidas (de la cual hace parte y participa permanentemente el Instituto) la base
de datos SIRDEC que acopia información sobre víctimas de desaparición forzada y
cadáveres sometidos a necropsia medicolegal se encuentra actualmente en fase de
implementación y ajuste en todas las sedes del Instituto en el país y está a disposición
de las autoridades con diversos niveles de acceso y, en sus aspectos generales, de la
ciudadanía en el link de la página web Institucional “Consultas Públicas SIRDEC”.
-
Extensa divulgación de los protocolos de Minnesota y Estambul tanto entre sus
peritos como en capacitaciones sobre los aspectos médicos de la documentación de la
tortura dirigidos a fiscales e investigadores. Para médicos forenses en el área de
patología, realizado el año anterior, se incluyó el estudio de estos protocolos en sus
aspectos relacionados con la práctica de la necropsia medicolegal.
118.
El Gobierno indica que en aplicación de estos instrumentos se enfrentan
dificultades como la determinación de tortura en restos óseos, teniendo en cuenta que al
momento del examen del cuerpo reducido a esqueleto ya no hay tejidos blandos y,
aunque con frecuencia se encuentran las lesiones que explican la causa de la muerte, p.e.
por proyectil de arma de fuego, puede haber ocurrido tortura sin que haya evidencia
positiva en el tejido óseo. Los procesos de putrefacción y reducción esquelética eliminan
las marcas de tortura que solo eran evidentes en los tejidos blandos.
119.
En este orden de ideas, se hace necesario desarrollar, desde el punto de vista
filosófico del derecho, la conceptualización que permita, cuando el cuerpo no ha sido
inhumado legalmente sino que el cadáver es descartado de manera clandestina, sin que
siquiera sus familiares conozcan el destino, casos en los cuales obviamente existen por lo
menos tratos crueles, inhumanos y degradantes, que estos hechos sean atribuidos a los
responsables a quienes se imputan los hechos, quienes deberían probar que no hubo
tortura en una figura similar a la de la inversión de la carga de la prueba que se aplica en
otras condiciones legales.
120.
Se daría así fundamento legal al acto médico de correlación clínico-patológica
que realiza el perito, que se basa en el conocimiento de la fisiopatología del organismo
humano, las únicas practicables en cadáveres en que ya no hay tejidos blandos y en los
que la única huella de tortura puede ser, p.e., una mordaza.
121.
La recomendación (e) dice: Muchos observadores estiman que el sistema de
fiscalías delegadas para unidades militares da visos de legitimidad a ciertos actos de
las fuerzas armadas destinados a asegurar que las personas detenidas e inculpadas
por ellas sean efectivamente condenadas en los denominados tribunales regionales
que funcionan con jueces anónimos y testigos oficiales. Como se ha dicho
anteriormente, y sobre la base de la decisión del Tribunal Constitucional a que se
hace referencia en el párrafo 86 supra, estos actos, que incluyen la detención y la
reunión de pruebas de cargo, deberían incumbir exclusivamente a una policía
judicial civil en cuyo caso no sería necesario que siguieran funcionando esas
fiscalías.
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